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Aclaración

ATENCIÓN!!!

Si tienen dudas sobre las actividades que dejaron los profes, por favor escriban un comentario en la entrada correspondiente, para que los profesores lo vean y puedan responderles. Gracias

NO SE OLVIDEN MANDAR LAS ACTIVIDADES A LOS MAILS QUE FUERON DEJANDO LOS PROFESORES, PARA QUE LAS PUEDAN CORREGIR

16 de marzo de 2020

construcción ciudadana- 3B- GUALTIERI GUIDO

Materia: Construcción ciudadana
Curso: 3B
Turno: TARDE
Profesor: Gualtieri Guido
Mail para enviar las respuestas: gualtieriguidogab@gmail.com

Plan de continuidad pedagógica
2020


Docente: Gualtieri Guido
Espacio: construcción ciudadana
Curso:3B- TURNO TARDE


Contenidos:
-Presentación de las diferentes formas de ejercer la ciudadanía y sus implicancias.
-Reconocimiento de experiencias de influencia social por parte de la comunidad.
-Expresión de la propia pertenencia a una determinada comunidad política, condición que incluye, inscribe, inserta e interpreta a los sujetos en comunidades de pertenencia.


ACTIVIDADES:

1)   Como repaso del año anterior, les pido que organicen un listado de derechos humanos organizados de la siguiente manera:

Civiles y políticos:

Sociales:

2) Como segunda actividad les pido que elaboren una lista de las formas de participación que conocen. Una puede ser el voto. ¿Qué otras formas se les ocurren de participar políticamente en la sociedad? Es importante que lo hagan a partir de lo que sepan, sin leer nada. ¿Se les ocurre alguna manera de intervenir en las decisiones políticas? Descríbanlas brevemente.

2) Una vez que hayan creado su lista, les pido que lean el siguiente texto y busquen en él la información para responder las preguntas que se presentan:

"¿Cuáles son los mecanismos de participación ciudadana?

La Constitución Nacional nos indica las instancias de participación de los ciudadanos que ella contempla. Éstas son instituciones de la democracia semidirecta en las cuales la participación no es en relación al voto para elegir representantes sino que permite una intervención más directa, especialmente desde el punto de vista legislativo. Los principales mecanismos están establecidos en el Capítulo segundo de nuestra  Constitución Nacional (1994) titulado Nuevos derechos y garantías:

La iniciativa popular
Artículo 39- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.

La consulta popular
Artículo 40- El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática. El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular."

Artículo 86.- El Defensor del Pueblo es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.

Su misión es doble: en primer lugar, la defensa de los derechos humanos y otros derechos, garantías e intereses tutelados por la constitución, ante actos u omisiones de la administración pública, y por otro, el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas."

a) Como ciudadanos: ¿podemos presentar un proyecto de ley? ¿Dónde debo hacerlo?
b) Si presento un proyecto de ley: ¿Qué debe pasar para que sea efectiva?
c) ¿Qué es una consulta popular? ¿Es posible que votemos alguna ley? ¿Es obligatorio?
d)¿Qué es el defensor del pueblo?

3) Ahora, para finalizar, les pido que nuevamente organicen la lista de participación ciudadana intentando sumar lo trabajado en el punto anterior

3 comentarios:

Unknown dijo...

hay que copiar todo eso?

Gualtieri Guido dijo...

Hola, sólo responder las consignas

Mijail vallejis dijo...

Profe soy mijail vallejos me quiero sacar una duda 3b